Propiedad intelectual, propiedad industrial y marca registrada
BL_3_ES
Título:Propiedad intelectual, propiedad industrial y marca registradaPalabras clave:marca registrada, patente, propiedad intelectual, protección indicaciones geográficas, periodo de vigencia.Autor:AEIdiomas:Español
Objetivos/finalidades:
Conocer cómo puedes proteger tus productos, proyectos
o diseños en tu país y en Europa. Identificar los pasos que has de realizar
para registrar tus obras y productos. Aprender a diferenciar entre propiedad
intelectual y propiedad industrial.
Descripción:
En muchas ocasiones, el éxito de tu empresa o
la posibilidad de tener una ventaja competitiva frente a la competencia reside
en la protección de tu producto o proyecto frente a la posibilidad de que te lo
puedan copiar.
Para ello es necesario quesepas diferenciar
unos conceptos de otros, conozcas cuál es el procedimiento que tienes que
llevar a cabo, los distintos pasos a seguir, dónde tienes que solicitarlo y qué
documentación te van a pedir para poder proteger tu producto o tu marca.
Seamos honestos, es cierto que en materia sobre
propiedad intelectual existe una gran dispersión legislativa, ya que es una
cuestión que en cada país de la Unión Europea se trata de manera heterogénea.
Pero no es menos cierto que desde Europa se están dando pasos agigantados para
armonizar todo lo relativo a propiedad intelectual y registro de marcas. De
hecho, existe una marca de la Unión Europea con efectos en todos sus países
miembros.
Igualmente, existe una oficina de propiedad
intelectual europea, EUIPO, con sede en Alicante, España, desde dónde se
informa, se promueve y se apoya el valor de la marca europea para tu empresa. Y
como siempre, no tengas miedo de preguntar.
Contenidos
• Propiedad intelectual. La propiedad intelectual es el conjunto de derechos exclusivos sobre las creaciones intelectuales. Se divide en dos ramas: la propiedad industrial, que incluye los inventos (patentes), las marcas, los dibujos y los modelos industriales así como las indicaciones geográficas; y los derechos de autor, que abarcan las obras literarias y artísticas. La Unión Europea ha llevado a cabo desde hace muchos años una política activa en este ámbito con el fin de armonizar las legislaciones de los Estados miembros. El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que entró en vigor en 2009, confirió a la UE competencia explícita en materia de derechos de propiedad intelectual
• Los derechos de propiedad intelectual siguen estando protegidos principalmente por las leyes nacionales más que por la normativa de la UE. Defenderlos en cada uno de los países de la UE puede resultar complejo y costoso, por lo que se puede ahorrar tiempo y dinero protegiendo la propiedad intelectual a nivel de la UE.
• Si con tu empresa quieres hacer negocios en más de un país de la UE, una marca de la Unión Europea y un dibujo o modelo comunitario registrado te proporcionan protección en los 28 Estados miembros de la UE con un registro único. Puedes registrar la marca o el dibujo o modelo en cualquiera de las 23 lenguas de la UE presentando una única solicitud en la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).
• La patente nacional se puede solicitar en la oficina de patentes del país de la UE de que se trate, mientras que la patente europea debe tramitarse a través de la Oficina Europea de Patentes (OEP). Sin embargo, las patentes europeas deben ser validadas por la oficina nacional de patentes de cada país en el que quieras protegerte. Dependiendo de la legislación nacional, tu como empresario o empresaria puedes verte obligado a proporcionar traducciones o pagar tasas antes de una fecha determinada.
• La propiedad intelectual se puede proteger por medio de los derechos de propiedad intelectual (DPI) fijados por laOrganización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). La modalidad de protección depende del tipo de propiedad intelectual:
• Las patentes permiten impedir que terceras personas fabriquen, utilicen o vendan la
invención de cualquier persona durante un periodo determinado, que depende del tipo de invención. En general, las patentes protegen todo tipo de invento sobre todo en el campo tecnológico. En el marco de la Convención Europea sobre Patentes, estas son otorgadas a aquellos inventos que tengan un carácter novedoso y que sea aplicables industrialmente. Para ello, es necesario que no se conociera de ninguna manera anteriormente, y que pueda ser fabricada o usada en procesos industriales.
• Las marcas protegen la denominación de un producto al impedir que otras empresas vendan otro producto con el mismo nombre. Las marcas son signos utilizados en el tráfico comercial para identificar productos. En el marco de la legislación sobre propiedad intelectual, las marcas son un elemento pequeño pero útil. Su impacto es muy fuerte, por lo que no se recomienda desarrollar actividades comerciales sin marca.El Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009 sobre la marca de la Unión Europea ofrece esta definición de las marcas de la UE:
• Podrán constituir marcas de la Unión cualesquiera signos, en particular, las palabras, incluidos los nombres de personas, o los dibujos, las letras, las cifras, los colores, la forma del producto o de su embalaje, o los sonidos, con la condición de que tales signos sean apropiados para:
o distinguir los productos o los servicios de una empresa de los de otras empresas;
o ser representados en el Registro de Marcas de la Unión Europea de manera que permita a las autoridades competentes y al público en general determinar el objeto claro y preciso de la protección otorgada a su titular.
• En la práctica significa, que tu marca comercial es el símbolo a través del cual los clientes eligen tu empresa, tu marca comercial te distingue de la competencia. Si la registras, podrás protegerla y hacer que crezca. No obstante, en algunos países podras obtener protección aun cuando tu marca no esté registrada, siempre que esta sea objeto de uso. No obstante, te aconsejamos registrarla a fin de obtener la mejor protección.La única condición que se impone a una marca registrada es que debe estar claramente definida, porque de lo contrario ni tu ni tus competidores estarán seguros del alcance de su registro.
• Los derechos de autor informan a terceros de que el autor tiene previsto controlar la producción, distribución, exhibición o ejecución de su trabajo. Los derechos de autor se conceden automáticamente sin necesidad de registro oficial, y su símbolo se puede empezar a utilizar inmediatamente.No obstante, en la mayoría de los países existe un sistema de registro y depósito facultativo de obras; estos sistemas facilitan, por ejemplo, las aclaraciones de las controversias relacionadas con la titularidad o la creación, las transacciones financieras, las ventas, las cesiones y transferencias de derechos.
• En la terminología jurídica, la expresión “derecho de autor” se utiliza para describir los derechos de los creadores sobre sus obras literarias y artísticas. Las obras que se prestan a la protección por derecho de autor van desde los libros, la música, la pintura, la escultura y las películas hasta los programas informáticos, las bases de datos, los anuncios publicitarios, los mapas y los dibujos técnicos.
• La legislación no suele contener una lista exhaustiva de las obras que ampara el derecho de autor. No obstante, en términos generales, entre las obras habitualmente protegidas por el derecho de autor en todo el mundo están las siguientes:
o las obras literarias como las novelas, los poemas, las representaciones escénicas, las obras de referencia, los artículos periodísticos;
o los programas informáticos y las bases de datos;
o las películas, las composiciones musicales y las coreografías;
o las obras artísticas como los cuadros, los dibujos, las fotografías y las esculturas;
o la arquitectura; y
o los anuncios, los mapas y los dibujos técnicos.
o La protección del derecho de autor abarca solo las expresiones, pero no las ideas, procedimientos, métodos de operación o conceptos matemáticos en sí. El derecho de autor puede amparar o no elementos como los títulos, los lemas o logotipos, dependiendo de que la paternidad de la obra sea suficiente.
• El dibujo o modelo. En los negocios, el dibujo o modelo resulta crucial para el éxito. Los grandes dibujos o modelos se centran en el usuario, combinan valores estéticos, económicos y prácticos y es el modo en que los consumidores identifican la brillantez innovadora. En Europa, existe la necesidad reconocida de animar a las empresas y los diseñadores europeos a que desarrollen sus estrategias en materia de dibujos y modelos. Los dibujos y modelos son una forma práctica de definir y proteger tu innovación. Los dibujos y modelos son activos empresariales que pueden comercializarse o utilizarse como garantía, que recompensan tu esfuerzo creativo y que actúan como tu firma de Propiedad Intelectual.
• Los dibujos y modelos están bien definidos en la Unión Europea: «La apariencia de la totalidad o de una parte de un producto, que se derive de las características especiales de, en particular, línea, configuración, color, forma, textura o material del producto en sí o de su ornamentación» (Artículo 3 del Reglamento sobre los dibujos y modelos). Casi todos los artículos industriales o artesanales pueden ser objeto de protección del dibujo o modelo (excepto los programas informáticos). (https://euipo.europa.eu/ohimportal/es/design-definition)
• Indicaciones Geográficas Protegidas. Son las que identifican un producto como originario de un territorio o de una región o localidad de ese territorio, cuando determinada calidad, reputación, u otra característica del producto es imputable fundamentalmente a su origen geográfico (Art. 22.1 del ADPIC). Tradicionalmente se han restringido a productos agrícolas. No obstante, en 2014 se produjo una consulta pública por parte de la UE para extender este tipo de protección a otros productos no agrícolas, entre ellos, los productos artesanos. Ya ha habido un informe del Parlamento Europeo en 2015 a este respecto y se espera su aprobación proximamente.
• Propiedad intelectual. La propiedad intelectual es el conjunto de derechos exclusivos sobre las creaciones intelectuales. Se divide en dos ramas: la propiedad industrial, que incluye los inventos (patentes), las marcas, los dibujos y los modelos industriales así como las indicaciones geográficas; y los derechos de autor, que abarcan las obras literarias y artísticas. La Unión Europea ha llevado a cabo desde hace muchos años una política activa en este ámbito con el fin de armonizar las legislaciones de los Estados miembros. El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que entró en vigor en 2009, confirió a la UE competencia explícita en materia de derechos de propiedad intelectual
• Los derechos de propiedad intelectual siguen estando protegidos principalmente por las leyes nacionales más que por la normativa de la UE. Defenderlos en cada uno de los países de la UE puede resultar complejo y costoso, por lo que se puede ahorrar tiempo y dinero protegiendo la propiedad intelectual a nivel de la UE.
• Si con tu empresa quieres hacer negocios en más de un país de la UE, una marca de la Unión Europea y un dibujo o modelo comunitario registrado te proporcionan protección en los 28 Estados miembros de la UE con un registro único. Puedes registrar la marca o el dibujo o modelo en cualquiera de las 23 lenguas de la UE presentando una única solicitud en la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).
• La patente nacional se puede solicitar en la oficina de patentes del país de la UE de que se trate, mientras que la patente europea debe tramitarse a través de la Oficina Europea de Patentes (OEP). Sin embargo, las patentes europeas deben ser validadas por la oficina nacional de patentes de cada país en el que quieras protegerte. Dependiendo de la legislación nacional, tu como empresario o empresaria puedes verte obligado a proporcionar traducciones o pagar tasas antes de una fecha determinada.
• La propiedad intelectual se puede proteger por medio de los derechos de propiedad intelectual (DPI) fijados por laOrganización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). La modalidad de protección depende del tipo de propiedad intelectual:
• Las patentes permiten impedir que terceras personas fabriquen, utilicen o vendan la
invención de cualquier persona durante un periodo determinado, que depende del tipo de invención. En general, las patentes protegen todo tipo de invento sobre todo en el campo tecnológico. En el marco de la Convención Europea sobre Patentes, estas son otorgadas a aquellos inventos que tengan un carácter novedoso y que sea aplicables industrialmente. Para ello, es necesario que no se conociera de ninguna manera anteriormente, y que pueda ser fabricada o usada en procesos industriales.
• Las marcas protegen la denominación de un producto al impedir que otras empresas vendan otro producto con el mismo nombre. Las marcas son signos utilizados en el tráfico comercial para identificar productos. En el marco de la legislación sobre propiedad intelectual, las marcas son un elemento pequeño pero útil. Su impacto es muy fuerte, por lo que no se recomienda desarrollar actividades comerciales sin marca.El Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009 sobre la marca de la Unión Europea ofrece esta definición de las marcas de la UE:
• Podrán constituir marcas de la Unión cualesquiera signos, en particular, las palabras, incluidos los nombres de personas, o los dibujos, las letras, las cifras, los colores, la forma del producto o de su embalaje, o los sonidos, con la condición de que tales signos sean apropiados para:
o distinguir los productos o los servicios de una empresa de los de otras empresas;
o ser representados en el Registro de Marcas de la Unión Europea de manera que permita a las autoridades competentes y al público en general determinar el objeto claro y preciso de la protección otorgada a su titular.
• En la práctica significa, que tu marca comercial es el símbolo a través del cual los clientes eligen tu empresa, tu marca comercial te distingue de la competencia. Si la registras, podrás protegerla y hacer que crezca. No obstante, en algunos países podras obtener protección aun cuando tu marca no esté registrada, siempre que esta sea objeto de uso. No obstante, te aconsejamos registrarla a fin de obtener la mejor protección.La única condición que se impone a una marca registrada es que debe estar claramente definida, porque de lo contrario ni tu ni tus competidores estarán seguros del alcance de su registro.
• Los derechos de autor informan a terceros de que el autor tiene previsto controlar la producción, distribución, exhibición o ejecución de su trabajo. Los derechos de autor se conceden automáticamente sin necesidad de registro oficial, y su símbolo se puede empezar a utilizar inmediatamente.No obstante, en la mayoría de los países existe un sistema de registro y depósito facultativo de obras; estos sistemas facilitan, por ejemplo, las aclaraciones de las controversias relacionadas con la titularidad o la creación, las transacciones financieras, las ventas, las cesiones y transferencias de derechos.
• En la terminología jurídica, la expresión “derecho de autor” se utiliza para describir los derechos de los creadores sobre sus obras literarias y artísticas. Las obras que se prestan a la protección por derecho de autor van desde los libros, la música, la pintura, la escultura y las películas hasta los programas informáticos, las bases de datos, los anuncios publicitarios, los mapas y los dibujos técnicos.
• La legislación no suele contener una lista exhaustiva de las obras que ampara el derecho de autor. No obstante, en términos generales, entre las obras habitualmente protegidas por el derecho de autor en todo el mundo están las siguientes:
o las obras literarias como las novelas, los poemas, las representaciones escénicas, las obras de referencia, los artículos periodísticos;
o los programas informáticos y las bases de datos;
o las películas, las composiciones musicales y las coreografías;
o las obras artísticas como los cuadros, los dibujos, las fotografías y las esculturas;
o la arquitectura; y
o los anuncios, los mapas y los dibujos técnicos.
o La protección del derecho de autor abarca solo las expresiones, pero no las ideas, procedimientos, métodos de operación o conceptos matemáticos en sí. El derecho de autor puede amparar o no elementos como los títulos, los lemas o logotipos, dependiendo de que la paternidad de la obra sea suficiente.
• El dibujo o modelo. En los negocios, el dibujo o modelo resulta crucial para el éxito. Los grandes dibujos o modelos se centran en el usuario, combinan valores estéticos, económicos y prácticos y es el modo en que los consumidores identifican la brillantez innovadora. En Europa, existe la necesidad reconocida de animar a las empresas y los diseñadores europeos a que desarrollen sus estrategias en materia de dibujos y modelos. Los dibujos y modelos son una forma práctica de definir y proteger tu innovación. Los dibujos y modelos son activos empresariales que pueden comercializarse o utilizarse como garantía, que recompensan tu esfuerzo creativo y que actúan como tu firma de Propiedad Intelectual.
• Los dibujos y modelos están bien definidos en la Unión Europea: «La apariencia de la totalidad o de una parte de un producto, que se derive de las características especiales de, en particular, línea, configuración, color, forma, textura o material del producto en sí o de su ornamentación» (Artículo 3 del Reglamento sobre los dibujos y modelos). Casi todos los artículos industriales o artesanales pueden ser objeto de protección del dibujo o modelo (excepto los programas informáticos). (https://euipo.europa.eu/ohimportal/es/design-definition)
• Indicaciones Geográficas Protegidas. Son las que identifican un producto como originario de un territorio o de una región o localidad de ese territorio, cuando determinada calidad, reputación, u otra característica del producto es imputable fundamentalmente a su origen geográfico (Art. 22.1 del ADPIC). Tradicionalmente se han restringido a productos agrícolas. No obstante, en 2014 se produjo una consulta pública por parte de la UE para extender este tipo de protección a otros productos no agrícolas, entre ellos, los productos artesanos. Ya ha habido un informe del Parlamento Europeo en 2015 a este respecto y se espera su aprobación proximamente.
Resultados
Al finalizar la lectura de la ficha deberías poseer información básica acerca
de los tipos de protección de la que puede disfrutar tu producto o servicio, no
solo en tu país, sino en el ámbito europeo. Además, deberías saber identificar
cuáles son los organismos a los que te puedes dirigir para pedir protección
para tu empresa, tus productos o servicios.
Del mismo modo, la información que contiene esta ficha te debería
servir para reflexionar sobre la importancia que tiene el registro y la
protección de tus productos, de cómo estos aspectos pueden influenciar tu
modelo de negocio e influir en las decisiones estratégicas que adoptes en la
elaboración de tu plan de empresa o de desarrollo de la misma.
Indicadores
Propiedad Intelectual, modelo de negocio y plan de empresa:
Ya comentamos en la primera ficha formativa sobre la importancia de
definir tu modelo de negocio o de desarrollo del mismo y a partir de ahí,
desarrollar tu plan de empresa. Si tu o tu empresa sois generadores de
productos o servicios susceptibles de ser protegidos, es clave que este
elemento de protección intelectual forme parte de ambos, del modelo de negocio
y del plan de empresa, tanto desde el punto de vista interno (en la estrategia
de tu visión empresarial) como en el plano externo, como recurso u oportunidad
en su desarrollo y de cara a potenciales inversores.
Solicitud de procedimiento de protección de la marca europea:
En cuanto al procedimiento de solicitud, en este apartado, nos vamos a
referir a la solicitud de una Marca Europea, por ser la que está en vigor en todos
los países miembros de la Unión Euorpea.
Existen dos vías para la solicitud de la marca europea, o bien
directamente ante la Oficina de Protección Intelectual de la Unión Europea
(EUIPO https://euipo.europa.eu/ohimportal/es/route-to-registration),
o bien mediante las oficinas de patentes y marcas en cada país miembro. Ojo, en
este último caso cabe la posibilidad de que se pueda aplicar una tasa de
recepción y transmisión de solicitud por parte de la oficina nacional.
En la EUIPO, disponen de un procedimiento rápido (fast track) para el
registro de tu solicitud con estos pasos:
1.
Detalles de la marca (idiomas y
tipos de marca)
2.
Has de especificar los productos o
servicios que va a cubrir tu marca
3.
A partir de aqui, el portal
realiza una búsqueda automática de marcas similares que pueden competir con la
tuya. Dependiendo del resultado de la búsqueda pasas al siguiente paso o bien,
tienes que volver a especificar los productos o servicios.
4.
Creas tu cuenta de usuario que te
va a permitir gestionar tus marcas, dibujos y modelos y el ejercicio de oposiciones
frente a otros, todo ello dentro de tu, escritorio personal con ventajas y
funciones adicionales
5.
Una vez la creas, queda la parte
más divertida: confirmar y pagar. A fecha de junio de 2016 la tasa por la
solicitud de registro de tu marca es de 850 €
Solicitud de registro de
modelo o dibujo comunitario
: Se utiliza el mismo
proceso rápido o fast track que para la marca, también en la página web de la
EUIPO. Los pasos son:
1.
Detalles del dibujo (idiomas y
diseño. Se pueden solicitar varios diseños en la misma aplicación y se han de
subir a la web. El proceso ofrece instrucciones para subir la imagen)
2.
Una vez lo has subido, habrás de
dar indicación del modelo o dibujo o hacer referencia a una clasificación
internacional llamada de Locarno. Igualmente aunque la registres, tienes la
posibilidad de aplazar su publicación hasta un periodo de 30 meses. El proceso
pide que describas tu modelo o dibujo de manera sencilla y que des información
sobre el diseñador o diseñadores. También te ofrece la posibilidad de renunciar
al derecho a ser citado.
3.
A partir de aqui, el portal
realiza una búsqueda automática a través de la base de datos de Design View para
comprobar que no haya modelos similares.
4.
Al igual que anteriormente, creas
tu cuenta de usuario que te va a permitir gestionar tus dibujos y diseños, todo
ello dentro de tu, escritorio personal con ventajas y funciones adicionales
5.
Una vez la creas, queda la parte
más divertida: confirmar y pagar. A fecha de junio de 2016 la tasa por la
solicitud de registro de tu dibujo o diseño en total es de 350 €.
La gestión de tu marca o dibujo:
Este es otro de los indicadores importantes en la
gestión de tu propiedad intelectual. En el caso del dibujo o modelo comunitario
has de tener presente que el plazo de vigencia de la protección es de 5 años,
aunque puedes renovarlos hasta en cuatro ocasiones más.En el caso de la marca
de la Unión Europea el plazo de vigencia es 10 años pero no importa ya que
puedes renovarlo de manera indefinida, eso sí, cada 10 años tendrás que volver
a solicitar su renovación.
Puntos de información:
Como no somos expertos sobre todas las materias - bastante tenemos con
la gestión diaria de nuestra empresa o proyecto empresarial - si es conveniente que conozcas cuáles son los
puntos de contacto para conocer más en profundidad los contenidos tratados en
esta ficha formativa. Sigue el vínculo que aparece a continuación para poder
acceder a la oficina de la propiedad intelectual en tu la mayor parte del mundo
o en Europa:
Con relación a las Indicaciones
Geográficas Protegidas, haz una búsqueda en tu región o localidad para
comprobar si existe alguna IGP a la que te puedas adherir según la tipología de
tus productos. En este sentido, es conveniente que averigues si existen
asociaciones en el sector en el que desarrollas tu producto, porque seguramente
serán ellas las que esten promoviendo este tipo de protección.
Fórmula de aprendizaje
Aprendizaje online, presencial o semipresencial.
Bibliografía
Se ha extraido gran parte de información general sobre propiedad intelectual, desde el sitio web de la Unión Europea, http://europa.eu/youreurop e/business/start-grow/intellectual-property-rights/index_es.htm
En cuanto a patentes y propiedad industrial se ha recopilado directamente desde la página web de la Oficina de Patentes Europea, en http://www.epo.org/index.html
La información más precisa sobre Propiedad Intelectual, marca, dibujos y diseños, procede de la página de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea. Esta página merece una visita no solo por la información que recoge, sino por cómo la recoge. https://euipo.europa.eu/ohimportal/es/home
Sobre derechos de autor, la página web de la que se ha extraído la información es la de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, http://www.wipo.int/copyright/es/
Igualmente ha sido de utilidad para la confección de esta ficha informativa lo contenido en https://www.iprhelpdesk.eu/sites/default/files/newsdocuments/Fact-Sheet-IP-and-Business-Plans.pdf
Directiva (UE) 2016/943 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativa a la protección de los conocimientos técnicos y la información empresarial no divulgados (secretos comerciales) contra su obtención, utilización y revelación ilícitas.
Material formativo relacionado:
Es muy interesante el material formativo que ofrece la EUIPO en su portal en todos los idiomas de la UE. Visítalo en: https://euipo.europa.eu/ohimportal/es/learning
Título: Propiedad intelectual, propiedad industrial y marca registrada
Palabras clave: marca registrada, patente, propiedad intelectual, protección indicaciones geográficas, periodo de vigencia.
Autor: AE
Idiomas: Español