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Autónomos en Europa

AST_TF_1_5_ES  

 Title:
Autónomos en Europa
 Keywords
COMPAÑIAS, NEGOCIO, PROCEDIMIENTOS LEGALES
 Author:
AE
 Languages:
Spanish
 Objectives/goals:
El objetivo es reflexionar sobre los diferentes aspectos legales relacionados con la creación de su propia empresa y descubrir sus fortalezas y debilidades, de modo que puedan mejorarse para aumentar sus posibilidades de éxito.

Con la puesta en marcha de su empresa, además de generar su propio empleo y de satisfacción personal, también contribuirá al desarrollo económico de su comunidad y a la creación de empleo por empleos directos e indirectos que genere su trayectoria empresarial.


 Description:
Analizamos clara y brevemente los pasos a seguir para el lanzamiento de una empresa y las ventajas y desventajas de ser emprendedor.


 Contents

• Aunque es complicado establecer paralelismos entre los diferentes regímenes, pues las coberturas difieren en gran medida, hacemos un breve resumen de la situación de los autónomos en Europa.

• España: La cuota normal de autónomos de 2019 es de 283,3 €/mes que cubren la Incapacidad Temporal en caso de enfermedad común, accidente o enfermedad laboral, cese de actividad y formación. La cobertura de las contingencias de accidente de trabajo (AT) y enfermedades profesionales (EP) deja de ser voluntaria en 2019 y pasa a estar incluida en la cotización del autónomo al 0,7% que formará parte de ese 30% del tipo total aplicable. Estas contingencias se añaden a las comunes que ya eran obligatorias para el autónomo y que ahora cotizan al tipo 28,30%. En 2019, la cuota de autónomos que cumplan los requisitos para la Tarifa Plana (un reducido grupo) pasa de 50 € a 60 € para nuevas altas como autónomos a partir del 1 de enero. La base mínima de cotización del autónomo societario a partir de 2019 también experimenta incrementos, desde el 1 de enero el autónomo societario que cotice por la base mínima supone una cuota mensual de 364,22 €/mes.

• Reino Unido: La tarifa mínima en Reino Unido es de 14€ al mes si los ingresos mensuales no superan los 600€ aproximadamente, ya que el sistema británico establece el coste de la cuota de autónomos en función de los ingresos que se perciban. No obstante debemos contextualizar la información pues en el RU el sistema es progresivo, la cuota va aumentando y, en nuestro país y con esas ganancias no estarían obligados a darse de alta en el RETA salvo que se dé habitualidad en la actividad, ya que se encuentran por debajo del SMI. Si el propio trabajador considera que sus ingresos van a ser superiores a 6000€, pueden pagar como mucho una cuota total de 58€ mensuales. Sin embargo, las coberturas incluidas son solo la pensión estatal básica, la prestación por fallecimiento y la baja por maternidad.

• Holanda: Allí solo se pagan 50€ anuales por ser autónomo. Matizando la cifra, no existe cuota a la Seguridad Social, de modo que cada trabajador por cuenta propia tiene que obligatoriamente pagarse un seguro médico mensual (aprox. 100 €/mes), además de si quiere un seguro de pensiones y de fallecimiento e invalidez. Tampoco hay derecho prestación por IT.

• Irlanda: No existe una cuota de inscripción, mensual o anual. El importe a abonar será el 4 % de los ingresos a efectos fiscales, en otras palabras, los ingresos brutos menos los gastos o 500 € (la cantidad que sea superior). Tienen asistencia sanitaria, pensión estatal contributiva, prestación por maternidad, prestación por adopción y pensión de viudedad pero no prestación por desempleo.

• Alemania: La cuota de autónomos es de 140€ en el caso de que al mes se ingresen más de 1700€. Si no se supera, no se paga. Las diferencias en las prestaciones juegan un papel importante, y es que al igual que en Holanda, los trabajadores autónomos deben pagarse un seguro médico privado (150-250€ mes). No están incluidos en su sistema de Seguridad Social, por consiguiente, corren con los gastos sanitarios, el plan de pensiones es privado y, si desean contratar seguros adicionales, también deben hacerse cargo.

• Portugal: En Portugal no existe una cuota sino que se paga dependiendo de los ingresos, concretamente el 24,5% de los mismos al año. Existe un esquema ampliado que puede llegar al 32%.

Dinamarca: Los autónomos pagan a final de año entre un 25% y un 50% de impuestos al final del año, entre los que está incluida la Seguridad Social y prestaciones como desempleo, maternidad o enfermedad.

• Italia: No hay cuota, se paga a Hacienda en función de las ganancias, no de los ingresos, alrededor de un 20-30%. Un autónomo debe registrarse en el sistema de Seguridad Social del país, que cubre la jubilación, enfermedad, discapacidad prestaciones por desempleo y asistencia sanitaria.

• Francia: En el país galo no se paga el primer año. A partir de ese momento, hay una tasa de impuestos que depende de los ingresos y de la profesión, que varía entre el 12 y el 21,3% aproximadamente. En materia de coberturas y prestaciones, está incluida la asistencia sanitaria, incapacidad temporal, pensiones de viudedad e invalidez y la jubilación. En lo que a sanidad se refiere, el autónomo corre con los gastos, si bien luego recibirá un reembolso por parte del Estado de entre el 65% y el 100%.


 Indicators


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